Portal de transparencia
“Conforme al art.17 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, cualquier persona física o jurídica que desee algún tipo de información específica, podrá obtenerla previa presentación de una solicitud en el registro de entrada, físico o electrónico , indicando su identidad, información que se solicita, dirección de contacto y modalidad para el acceso a la información. La administración podrá no admitir a trámite aquellas solicitudes cuyas causas se encuentren comprendidas en el art.18 de la referida ley.”